Desregulación oficial en el transporte automotor de pasajeros
El Gobierno nacional reglamentó la desregulación del transporte automotor de pasajeros, mediante la Resolución 57/2024 de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.
La norma fue publicada en el Boletín Oficial este martes y lleva la firma del secretario de Transporte, Franco Mogetta.
En el artículo 1, expresa: «Apruébanse las NORMAS REGLAMENTARIAS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS DE JURISDICCIÓN NACIONAL DE CARÁCTER URBANO, SUBURBANO E INTERJURISDICCIONAL que como anexo (IF-2024-134142737-APN-SSTAU#MEC) forma parte integrante de la presente resolución».
En tanto, en el artículo 2 detalla: «Unifícanse el ‘REGISTRO NACIONAL DEL TRANSPORTE INTERJURISDICCIONAL DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR’ y el ‘REGISTRO NACIONAL DEL TRANSPORTE DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR DE CARÁCTER URBANO Y SUBURBANO’ en el ‘REGISTRO NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS’, de conformidad con lo establecido por el decreto 883 del 4 de octubre de 2024».
La medida publicada hoy reglamenta los procesos de desregulación del transporte automotor de pasajeros de larga y media distancia, como de oferta libre contemplados en los decretos 883/2024 y 830/2024 respectivamente, con modificaciones centrales que brindarán mejoras al sector.
«Se moderniza un régimen de más de 30 años de antigüedad con un sistema cerrado, permisos rígidos y burocracia excesiva, pasando a un sistema simple, declarativo, gratuito, digital y que mantiene los estándares técnicos y de seguridad vigentes», informó el Gobierno desde la cartera de Transporte.
A partir de ahora, los transportistas se registrarán de manera online y gratuita mediante la plataforma web Trámites a Distancia (TAD), donde deberán brindar la información relevante y actualizada de los servicios.